Polonia es miembro de la UE desde el 1 de mayo de 2004. Por ello, en los últimos años, el sistema fiscal ha estado sujeto a continuas modificaciones para llegar a armonizar su sistema con la normativa comunitaria. Las modificaciones se han realizado en los impuestos indirectos, en el IVA, en los impuestos especiales, y también en la cooperación administrativa con el resto de Estados miembros de la UE.
Impuesto sobre Sociedades
Se rige por la Ley del Impuesto sobre Sociedades del 15 de febrero de 1992 y por el Código Fiscal (Ordynacja Podatkowa) del 29 de agosto de 1997.
La ley distingue entre contribuyentes residentes y no residentes. Una empresa es residente en el país a efectos fiscales si ha sido constituida en Polonia o su gestión efectiva radica allí. Las empresas residentes tributan por su renta mundial, mientras las no residentes solo tributan por la renta de fuente polaca.
El beneficio gravable resulta de la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos incurridos para la obtención de aquellos, tomando como base el resultado contable, al que se realizan ciertos ajustes. Resulta igualmente deducible la depreciación de los activos, dentro de los límites fijados por la ley.
Las ganancias de capital se consideran ingresos ordinarios. Se calculan por la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición. Los gastos incurridos son deducibles. Si el precio de venta de un bien difiere substancialmente de su valor de mercado, las autoridades pueden requerir una evaluación de un experto independiente y realizar una reevaluación.
Determinados ingresos no están sujetos a imposición. Entre ellos figuran los dividendos cualificados, las subvenciones de las autoridades nacionales o locales, y algunos tipos de becas de gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales, como la OTAN y la UE.
El sujeto pasivo puede compensar las bases imponibles negativas obtenidas en los cinco años inmediatamente anteriores al año en que obtiene una base imponible positiva. En cada ejercicio puede compensarse hasta un 50% de las bases imponibles negativas. No se permite el traslado de las bases imponibles negativas a otros ejercicios cuando se haya producido una fusión o un cambio de la forma legal de una empresa.
En cuanto al tipo de gravamen, desde el 1 de enero de 2004, el tipo general es del 19%. En general, los dividendos distribuidos entre dos sociedades residentes están sujetos a una retención en la fuente del 19%. Los ingresos obtenidos en forma de dividendos pueden quedar exentos de retención cuando el porcentaje de participación en la sociedad residente es de al menos un 10% y es mantenida durante un mínimo de dos años.
No están sujetos a retención los intereses y cánones pagados a otra empresa residente en Polonia.
Las transacciones entre sociedades deben hacerse, en principio, según el valor de mercado. En caso de que el precio acordado entre dos sociedades vinculadas difiera de dicho valor sin razón aparente, estas pueden revisar la operación desde el punto de vista fiscal, y ajustar su valoración a la del mercado. La ley prevé igualmente una norma sobre precios de transferencia aplicable a los establecimientos permanentes de sociedades no residentes. Así, la base imponible de tales establecimientos no puede ser inferior a la base imponible que obtendría un contribuyente residente por el desarrollo de la misma actividad u otra similar. En caso contrario, las autoridades podrán revisar la valoración de las operaciones desarrolladas por el establecimiento.
El régimen fiscal polaco contiene, igual que en España, normas para evitar la subcapitalización de una empresa. Así, no se permite la deducción de aquellos intereses que superan la ratio de endeudamiento-capital del 3:1, siempre que el préstamo haya sido otorgado por un accionista que sostenga un porcentaje mínimo del 25% en la sociedad.
Por último, cabe mencionar que, al igual que ocurre en España, tanto el año fiscal como el ejercicio contable coinciden con el año natural.
No residentes
Las sociedades no residentes que operan en Polonia resultan gravadas solamente por los ingresos que obtienen en el país, ya sean estos en metálico o en especie. No existen normas adicionales que establezcan cuáles son los ingresos de fuente polaca.
La Ley del Impuesto sobre Sociedades sí contiene una definición del establecimiento permanente: así, la existencia en territorio polaco de sucursales, fábricas, minas, lugares de extracción de recursos naturales u obras de construcción, o de una persona que tenga las facultades de actuar en nombre y por cuenta de la empresa, implica que la sociedad dispone de un establecimiento permanente. Este concepto de establecimiento permanente también es adoptado por los convenios de doble imposición suscritos por Polonia.
La renta obtenida por un no residente está sujeta a gravamen de acuerdo con las mismas reglas aplicables a los contribuyentes residentes. Si la base imponible de un no residente no puede deducirse de sus apuntes contables, la Administración lo calcula de oficio aplicando un determinado porcentaje al importe del volumen de negocios, según cada tipo de actividad:
- 5%: venta al por mayor.
- 10%: actividades de construcción y transporte.
- 80%: servicios de abogacía y de exportación.
- 20%: cualquier otra fuente de ingresos.